miércoles, 30 de julio de 2014

Una crítica al laicismo desde la izquierda

Terry Eagleton, catedrático de Teoría Cultural de la Universidad de Manchester, es conocido por su ideología marxista, pero ha sido también uno de los pensadores que con mayor lucidez ha destapado los prejuicios y errores del “nuevo ateísmo”. Además se ha opuesto a la frivolización de lo religioso que supone la propuesta de religión laica del filósofo francés Alain de Botton.


Si para la polémica de los Ditchkins (como denominó a la pareja más famosa del ateísmo beligerante, Christopher Hitchens y Richard Dawkins), escribió Razón, fe y revolución(2012), en su nuevo libro, Culture and the Death of God(Yale University Press), expone el fracaso de las ideologías que buscaban desterrar lo religioso.


Un error de la izquierda
Como ocurre en su último libro publicado en castellano, Dulce violencia, puede sorprender que un pensador tan comprometido con la ideología marxista realce la importancia del cristianismo y lamente que la izquierda haya ridiculizado lo religioso. Sin embargo, el interés de Eagleton por lo religioso nació antes que sus convicciones políticas y que su vocación como teórico de la literatura.


Eagleton fue educado en el catolicismo y ya durante los años sesenta colaboró con un Slant, una revista católica pero relacionada con el activismo de izquierdas, hoy desaparecida. Desde entonces, su trayectoria intelectual ha estado marcada por una peculiar visión teológica y política: su primera obra, por ejemplo, publicada en 1970, se titula Towards a New Left Theology. Con independencia de ello, Eagleton ha sido importante en el seno de la teoría literaria, pues ha criticado con dureza los postulados relativistas del posmodernismo.

“Ninguna forma simbólica en la historia
por relacionar las verdades más elevadas
con la existencia cotidiana de
incontables hombres y mujeres
ha igualado la aptitud de la religión"

Dios no tiene sustituto

En su último libro, Eagleton sostiene que tanto las invectivas de los ilustrados contra lo religioso, como los violentos agravios de Nietzsche o la atención a las funciones sociales de la religión, propia de las últimas décadas, se inscriben en una narrativa filosófica que no ha logrado encontrar alternativas mundanas ni a Dios ni al cristianismo, ni desterrar por completo el anhelo humano de lo sagrado. La razón a su juicio es sencilla: el Dios de los cristianos es insustituible.

El proyecto de una cultura secularizada y progresista, racional y positiva, que haría superflua la función de la religión y reemplazaría su utilidad moral y social, requirió la sacralización de otros conceptos. Así nacieron los ídolos de la razón, de la nación o de la ciencia. Para Eagleton, los resultados han sido engañosos, pues son un remedo falaz de la religión y no tienen la capacidad de responder, como el cristianismo, a las inquietudes existenciales del hombre.
“Ninguna forma simbólica –explica Eagleton– en la historia ha igualado la aptitud de la religión por relacionar las verdades más elevadas con la existencia cotidiana de incontables hombres y mujeres”.
Una cultura elitistaSacralizar la cultura, como plantean algunos pensadores actuales, o ciertos valores políticos, como hacen otros, no ha mostrado ser una forma eficaz de asegurar la influencia de principios morales ni de garantizar su vigencia social. Eagleton afirma, por el contrario, que la apropiación laicista de lo religioso ha fomentado la creación de una cultura elitista y antidemocrática, conformista con el neoliberalismo, y, como contrapartida, ha alimentado la deriva fundamentalista de algunas religiones.


"El laicismo ha fomentadola creación de una cultura elitista y antidemocrática, y,como contrapartida,ha alimentadola deriva fundamentalista de algunas religiones"

Después de las críticas a todas estas manifestaciones secularistas, Eagleton comienza a ejercer de teólogo para recordar la originalidad revolucionaria del mensaje cristiano, devaluado por las instituciones religiosas o degradado a código moral. En este punto, sus ideas no son novedosas: hereda los tópicos de los sesenta, mezcla confusamente la redención con la emancipación y parece orillar lo espiritual para acentuar lo político. Por decirlo de alguna manera, utiliza arsenal religioso para atacar al capitalismo, su verdadera bestia negra.
A propósito de esto, John Gray, después de detallar los aciertos de Culture and the Death of God, escribe en The New Statesman que el problema de Eagleton es que identifica lo cristiano con lo revolucionario, olvidando las diferencias políticas e históricas. Y no le falta razón: es verdad que la concepción de Eagleton está lastrada por un léxico obsoleto y que ensaya una anticuada interpretación revolucionaria de la escatología. Sin embargo, estas consideraciones polémicas y desacertadas no deberían oscurecer la valiosa denuncia que hace de cierto secularismo demasiado condescendiente con lo religioso.

domingo, 13 de julio de 2014

Unión civil: ¿igualdad o acción afirmativa?

Por Adriana Tudela
Graduada de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima y Directora Editorial de Altavoz.

Quienes consideran que el marco legal aplicable a la institución del matrimonio debe ser extendido a parejas homosexuales a través del proyecto de unión civil fundan su posición en la generalidad de la ley y la igualdad ante ella. En tal sentido, el matrimonio sería discriminatorio y arbitrario al no ser aplicable a parejas del mismo sexo.
Sin embargo, una interpretación falaz de dichos principios nos podría llevar a afirmar, por ejemplo, que la Ley General de Sociedades discrimina al no ser aplicable el régimen legal de las sociedades anónimas a personas naturales. O que las normas que regulan a las PYME no son verdaderamente generales porque sólo son aplicables a este tipo de empresa.
Una ley es general cuando los supuestos (hechos y situaciones) que regula están previstos de manera general: para todos y no para algunos. La igualdad, por otro lado, implica que la ley vale para todos los que encajan en dichos supuestos sin diferenciarlos en base a consideraciones particulares.
Entender el real significado de ambos principios evidencia que el hecho de que una norma sea general no quiere decir que no pueda regular supuestos específicos. Puede hacerlo, pero no a favor o en contra de personas o grupos concretos, es decir, respetando la igualdad ante la ley.
Cualquier grupo de personas que desee formar una sociedad y acogerse al régimen PYME puede hacerlo si cumple con los requisitos, sin importar el sexo, raza o religión de sus miembros. Que una multinacional no pueda hacerlo no implica que la ley sea discriminatoria.
Ahora, ¿es limitar el matrimonio a hombre y mujer una distinción discriminadora y arbitraria? Muchos consideran que sí al no haber ninguna diferencia entre el amor que existe entre sexos opuestos y el que existe entre sexos iguales.
No obstante, lo que motiva la protección legal de la relación matrimonial es la potencialidad de que de ésta surja una nueva vida y no únicamente que exista una relación afectiva (¿Por qué otro motivo, si no, se impide el matrimonio entre hermanos y de personas con enfermedades peligrosas hereditarias?). La complementariedad sexual es esencial a la institución y que existan casos excepcionales de matrimonios sin hijos no significa que ese no sea el supuesto de la misma ni que la finalidad del Derecho de Familia no sea la protección de la prole.
La naturaleza de la relación sexual entre personas del mismo sexo es, por lo tanto, distinta a la matrimonial. Es por ello que no sería exacto decir que son segregados por la institución. Que la ley contemple situaciones distintas de manera distinta, no la convierte en discriminatoria. Por ello, por ejemplo, la relación entre amigos no es protegida y los menores de 16 no pueden casarse sin ser por ello discriminados.
Ahora bien, no puede ignorarse que la legislación vigente pone impedimentos a la disposición del patrimonio que generan que las parejas del mismo sexo no puedan, en algunos casos, heredar entre sí como lo haría un cónyuge ni formar patrimonio común. Es para resolver este problema que se plantea la unión civil.
Sin embargo, llama la atención que la iniciativa únicamente busque proteger a la minoría LGTB cuando no son los únicos excluidos –amigos, hermanos, abuelos y nietos, tíos y sobrinos, polígamos, entre otros, también pueden tener relaciones afectivas (y no necesariamente sexuales) pero no casarse- ni los únicos que se ven limitados por las leyes hereditarias.
La unión civil liberaría de estos impedimentos, a pesar de presuntamente fundarse en la igualdad ante la ley, exclusivamente a un grupo de personas cuya única particularidad es que sienten atracción sexual por su mismo sexo.
¿Por qué se dice que la ley discrimina a los homosexuales, pero no se dice lo mismo sobre relaciones filiales, polígamas, fraternales o amicales? ¿Qué motiva la creación de una prerrogativa únicamente para la minoría LGTB?
En lugar de una manifestación de nuestros derechos constitucionales, la unión civil es una política de acción afirmativa o discriminación positiva. Ésta consiste en dar a un grupo históricamente segregado un trato diferenciado con el objetivo de lograr ‘igualdad’.
Este tipo de política es por naturaleza, y como su nombre lo indica, discriminadora. De lo contrario la unión civil buscaría –y debería- ser aplicable no sólo a personas que mantienen relaciones homosexuales, sino a todas aquellas que deseen hacer vida en común o compartir patrimonio sin casarse.
Esta iniciativa legislativa, entonces, no es fiel a los principios de generalidad e igualdad al ser una ley sólo para algunos (la comunidad LGTB) que excluye a un universo de gente, que también debería poder beneficiarse con la misma, sólo en base a una consideración particular: su orientación sexual.

Fuente: http://altavoz.pe/2014/05/02/opinion/union-civil-igualdad-o-accion-afirmativa/

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